Sección 12
Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros
NIIF para las Pymes, sección 12
Partidas de ingresos, gastos, ganancias o pérdidas
Alcance de las Secciones 11 y 12
Elección de política contable
Alcance de la Sección 12
- 12.3La Sección 12 se aplica a todos los instrumentos financieros excepto: (a) los tratados en la Sección 11. (b) Inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos que se…
- 12.4La mayoría de los contratos para la compra o venta de una partida no financiera, tales como materias primas cotizadas, inventarios o propiedades, planta y equipo se excluyen…
- 12.5Además de a los contratos descritos en el párrafo 12.4, esta sección se aplica a los contratos de compra o venta de partidas no financieras si el contrato…
Reconocimiento inicial de activos financieros y pasivos financieros
Medición inicial
Medición posterior
- 12.8Al final de cada periodo sobre el que se informa, una entidad medirá todos los instrumentos financieros que queden dentro del alcance de la Sección 12 al valor…
- 12.9Si la medida fiable del valor razonable ya no está disponible sin esfuerzo o costo desproporcionado para un instrumento de patrimonio, o contrato vinculado a este instrumento que…
Valor razonable
- 12.10Una entidad aplicará la guía sobre el valor razonable de los párrafos 11.27 a 11.32 a las mediciones de valor razonable de acuerdo con esta sección así como…
- 12.11El valor razonable de un pasivo financiero a pagar cuando es reclamado no puede ser menor que el importe a pagar a su cancelación, descontado desde la primera…
- 12.12Una entidad no incluirá los costos de transacción en la medición inicial de los activos y pasivos financieros que se medirán posteriormente al valor razonable con cambios en…
Deterioro del valor de los instrumentos financieros medidos al costo o al costo amortizado
Baja en cuentas de un activo financiero o un pasivo financiero
Contabilidad de coberturas
- 12.15Si se cumplen los criterios especificados, una entidad puede designar una relación de cobertura entre un instrumento de cobertura y una partida cubierta de forma que se cumplan…
- 12.16Para cumplir las condiciones para la contabilidad de coberturas, una entidad cumplirá todas las condiciones siguientes: (a) La entidad designará y documentará las relaciones de cobertura de forma…
- 12.17Esta Norma permite la contabilidad de coberturas solo para los siguientes riesgos: (a) riesgo de tasa de interés de un instrumento de deuda medido a su costo amortizado;…
- 12.18Esta Norma solo permite la contabilidad de coberturas si el instrumento de cobertura cumple todos los plazos y condiciones siguientes: (a) es una permuta de tasa de interés,…
Cobertura del riesgo de tasas de interés fijas de un instrumento financiero reconocido o riesgo de precio de materias primas cotizadas de una materia prima cotizada en poder de la entidad
- 12.19Si se cumplen las condiciones del párrafo 12.16 y el riesgo cubierto es la exposición a una tasa de interés fija de un instrumento de deuda medido al…
- 12.20Si el riesgo cubierto es el riesgo de la tasa de interés fijo de un instrumento de deuda medido al costo amortizado, la entidad reconocerá la liquidación neta…
- 12.21La entidad interrumpirá la contabilidad de coberturas especificada en el párrafo 12.19 si: (a) el instrumento de cobertura expirase, fuese vendido o resuelto; (b) la cobertura dejase de…
- 12.22Si la contabilidad de coberturas se interrumpe y la partida cubierta es un activo o un pasivo registrado al costo amortizado que no ha sido dado de baja…
Cobertura del riesgo de tasas de interés variable de un instrumento financiero reconocido, del riesgo de tasa de cambio de moneda extranjera o del riesgo de precio de materia prima cotizada en un compromiso firme o en una transacción prevista altamente probable, o de una inversión neta en un negocio en el extranjero
- 12.23Si las condiciones del párrafo 12.16 se cumplen y el riesgo cubierto es: (a) el riesgo de tasa de interés variable de un instrumento de deuda medido a…
- 12.24Si el riesgo cubierto es el riesgo de la tasa de interés variable de un instrumento de deuda medido al costo amortizado, la entidad reconocerá posteriormente en resultados…
- 12.25Una entidad deberá interrumpir de forma prospectiva la contabilidad de coberturas especificada en el párrafo 12.23 si: (a) el instrumento de cobertura expirase, fuese vendido o resuelto; (b)…
Información a revelar
- 12.26Una entidad que aplique esta sección revelará toda la información requerida en la Sección 11 e incorporará a esa información los instrumentos financieros que queden dentro del alcance…
- 12.27Una entidad revelará la siguiente información de forma separada para coberturas de cada uno de los cuatro tipos de riesgo descritos en el párrafo 12.17: (a) una descripción…
- 12.28Si una entidad utiliza la contabilidad de coberturas para una cobertura de riesgo de tasa de interés fijo o de precio de una materia prima cotizada que posea…
- 12.29Si una entidad utiliza la contabilidad de coberturas para una cobertura de riesgo de tasa de interés variable, riesgo de tasa de cambio, riesgo de precio de materia…
Texto tomado de Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.