Sección 12 · Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros
Párrafo 12.12 Valor razonable
Una entidad no incluirá los costos de transacción en la medición inicial de los activos y pasivos financieros que se medirán posteriormente al valor razonable con cambios en resultados. Si se difiere el pago por un activo o se financia a una tasa de interés que no es de mercado, la entidad medirá inicialmente el activo al valor presente de los pagos futuros descontados a una tasa de interés de mercado.
NIIF para las Pymes, sección 12, párrafo 12.12. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 43 del documento de origen .