Sección 12 · Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros

Párrafo 12.3 Alcance de la Sección 12

La Sección 12 se aplica a todos los instrumentos financieros excepto: (a) los tratados en la Sección 11. (b) Inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos que se contabilicen de acuerdo con la Sección 9 Estados Financieros Consolidados y Separados, la Sección 14 Inversiones en Asociadas o la Sección 15 Inversiones en Negocios Conjuntos. (c) Los derechos y obligaciones de los empleadores procedentes de planes de beneficios a los empleados (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados). (d) Los derechos procedentes contratos de seguro a menos que el contrato de seguro pudiera dar lugar a una pérdida a cualquiera de las partes como consecuencia de condiciones contractuales que no tienen relación con: (i) cambios en el riesgo asegurado; (ii) cambios en las tasas de cambio en moneda extranjera; o (iii) un incumplimiento por parte de una de las contrapartes. (e) instrumentos financieros que cumplan la definición de patrimonio propio de la entidad, incluyendo el componente de patrimonio de instrumentos financieros compuestos emitidos por la entidad (véase la Sección 22 Pasivos y Patrimonio). (f) arrendamientos dentro del alcance de la Sección 20 Arrendamientos. Por consiguiente, la Sección 12 se aplicará a los arrendamientos que puedan ocasionar una pérdida para el arrendador o el arrendatario como consecuencia de términos contractuales que no se relacionan con: (i) cambios en el precio de los activos arrendados; (ii) cambios en las tasas de cambio en moneda extranjera; (iii) cambios en los pagos por arrendamiento basados en tasas de interés de mercado variables; o (iv) un incumplimiento por parte de una de las contrapartes. (g) los contratos por contraprestaciones contingentes en una combinación de negocios (véase la Sección 19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía). Esta exención se aplicará solo a la adquirente. (h) instrumentos financieros, contratos y obligaciones bajo transacciones con pagos basados en acciones a los que se aplica la Sección 26 Pagos basados en Acciones. (i) los activos que se reembolsan contabilizados de acuerdo con la Sección 21 Provisiones y Contingencias (véase el párrafo 21.9).

NIIF para las Pymes, sección 12, párrafo 12.3. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 41 del documento de origen .

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