NIIF 5

Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas

Norma Internacional de Información Financiera 5

Objetivo

Alcance

Clasificación de activos no corrientes (o grupo de activos para su disposición) como mantenidos para la venta o como mantenidos para distribuir a los propietarios

Activos no corrientes que van a ser abandonados

Medición de un activo no corriente (o grupo de activos para su disposición)

Reconocimiento y reversión de las pérdidas por deterioro

Cambios en un plan de venta o en un plan de distribución a los propietarios

Presentación e información a revelar

Presentación de operaciones discontinuadas

Ganancias o pérdidas relacionadas con las operaciones que continúan

Presentación de un activo no corriente o grupo de activos para su disposición clasificado como mantenido para la venta

Información a revelar adicional

Disposiciones transitorias

Fecha de vigencia

Derogación de la NIC 35

Apéndice A Definiciones de términos

Este Apéndice forma parte integrante de la NIIF. activo corriente Una entidad clasificará un activo como corriente cuando: (a) espera realizar el activo, o tiene la intención de venderlo o consumirlo en su ciclo normal de operación; (b) mantiene el activo principalmente con fines de negociación; (c) espera realizar el activo dentro de los doce meses siguientes al periodo sobre el que se informa; o (d) el activo es efectivo o equivalente al efectivo (como se define en la NIC 7) a menos que éste se encuentre restringido y no pueda ser intercambiado ni utilizado para cancelar un pasivo por un ejercicio mínimo de doce meses después del ejercicio sobre el que se informa. activo no corriente Un activo que no cumple la definición de activo corriente. altamente probable Con una probabilidad significativamente mayor de que ocurra que de que no ocurra. componente de la entidad Las operaciones y flujos de efectivo que pueden ser distinguidos claramente del resto de la entidad, tanto desde un punto de vista de la operación como a efectos de información financiera. compromiso firme de compra Un acuerdo con un tercero no vinculado, que compromete a ambas partes y por lo general es exigible legalmente, que (a) especifica todas las condiciones significativas, incluyendo el precio y el plazo de las transacciones, y (b) incluye una penalización por incumplimiento lo suficientemente significativa para que el cumplimiento del acuerdo sea altamente probable. costos de venta Los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición de un activo (o grupo de activos para su disposición), excluyendo los costos financieros y los gastos por impuestos a las ganancias. grupo de activos para su disposición Un grupo de activos del que se va a disponer, ya sea por venta o por otra vía, de forma conjunta como grupo en una única operación, junto con los pasivos directamente asociados con tales activos que se vayan a transferir en la transacción. El grupo incluirá la plusvalía adquirida en una combinación de negocios, si el grupo es una unidad generadora de efectivo a la que se haya atribuido la plusvalía de acuerdo con los requisitos de los párrafos 80 a 87 de la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos (según la revisión de 2004) o bien si se trata de una operación dentro de esa unidad generadora de efectivo. importe recuperable El mayor entre el valor razonable menos los costos de venta de un activo y su valor en uso. operación discontinuada Un componente de la entidad que ha sido dispuesto, o bien que ha sido clasificado como mantenido para la venta y: (a) representa una línea de negocio o un área geográfica, que es significativa y puede considerarse separada del resto; (b) es parte de un único plan coordinado para disponer de una línea de negocio o de un área geográfica de la operación que sea significativa y pueda considerarse separada del resto; o (c) es una entidad subsidiaria adquirida exclusivamente con la finalidad de revenderla. probable Que tiene más probabilidad de que ocurra que de lo contrario. unidad generadora de efectivo El grupo identificable de activos más pequeño que genera entradas de efectivo que sean, en buena medida, independientes de los flujos de efectivo derivados de otros activos o grupos de activos. valor en uso El valor actual de los flujos futuros estimados de efectivo que se espera se deriven del uso continuado de un activo y de su disposición al final de su vida útil. valor razonable Valor razonable es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición. (Véase la NIIF 13)

Apéndice B Suplemento de aplicación

Este Apéndice forma parte integrante de la NIIF.

Extensión del periodo requerido para completar una venta

Texto tomado de Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.

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