Artículo 33 del Estatuto Tributario
Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a valor razonable
Para efectos fiscales los instrumentos financieros medidos a valor razonable, con cambios en resultados tendrán el siguiente tratamiento: 1. Títulos de renta variable. Los ingresos, costos y gastos devengados por estos instrumentos, no serán objeto del Impuesto sobre la Renta y C...