CINIIF 19
Cancelación de Pasivos Financieros con Instrumentos de Patrimonio
Interpretación CINIIF 19
Referencias
• Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros84 • NIIF 2 Pagos Basados en Acciones • NIIF 3 Combinaciones de Negocios • NIIF 9 Instrumentos Financieros • NIIF 13 Medición del Valor Razonable • NIC 1 Presentación de Estados Financieros • NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores • NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación
Antecedentes
Alcance
- 2Esta Interpretación trata de la contabilidad por una entidad cuando las condiciones de un pasivo financiero se renegocian y dan lugar a que la entidad que emite los…
- 3Una entidad no aplicará esta Interpretación a transacciones en situaciones en las que: (a) El acreedor sea también un accionista directo o indirecto y esté actuando en su…
Problemas
Acuerdo
- 5La emisión de instrumentos de patrimonio de una entidad para un acreedor para cancelar total o parcialmente un pasivo financiero es contraprestación pagada de acuerdo con el párrafo…
- 84La referencia es al Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros del IASC adoptado por el IASB en 2001 y en vigor cuando se…
- 6Cuando se reconocen inicialmente los instrumentos de patrimonio emitidos para un acreedor con el fin de cancelar total o parcialmente un pasivo financiero, una entidad los medirá al…
- 7Si el valor razonable de los instrumentos de patrimonio emitidos no puede medirse con fiabilidad, entonces los instrumentos de patrimonio deberán medirse para reflejar el valor razonable del…
- 8Si solo se cancela parte del pasivo financiero, la entidad evaluará si parte de la contraprestación pagada está relacionada con una modificación de las condiciones del pasivo que…
- 9La diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero (o parte de un pasivo financiero) cancelado, y la contraprestación pagada, deberá reconocerse en el resultado del periodo,…
- 10Cuando se cancele solo parte del pasivo financiero, la contraprestación debe distribuirse de acuerdo con el párrafo 8. La contraprestación asignada al pasivo que permanece formará parte de…
- 11Una entidad revelará la ganancia o pérdida reconocida de acuerdo con los párrafos 9 y 10 en una partida separada del resultado o en las notas.
Fecha de vigencia y transición
- 12Una entidad aplicará esta Interpretación en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de julio de 2010. Se permite su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase…
- 13Una entidad aplicará un cambio en una política contable de acuerdo con la NIC 8 a partir del comienzo del primer periodo comparativo.
- 14[Eliminado]
- 15La NIIF 13, emitida en mayo de 2011, modificó el párrafo 7. Una entidad aplicará esa modificación cuando aplique la NIIF 13.
- 16[Eliminado]
- 17La NIIF 9, modificada en julio de 2014, modificó los párrafos 4, 5, 7, 9 y 10, y eliminó los párrafos 14 y 16. Una entidad aplicará esas…
Texto tomado de Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.