CINIIF 17
Distribuciones, a los Propietarios, de Activos Distintos al Efectivo
Interpretación CINIIF 17
Referencias
• NIIF 3 Combinaciones de Negocios (revisada en 2008) • NIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas • NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar • NIIF 10 Estados Financieros Consolidados • NIIF 13 Medición del Valor Razonable • NIC 1 Presentación de Estados Financieros (revisada en 2007) • NIC 10 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa
Antecedentes
- 1En algunas ocasiones, una entidad distribuye activos distintos al efectivo como dividendos a sus propietarios83 cuando actúan como tales. En esas situaciones, la entidad puede también dar a…
- 2Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) no proporcionan guías sobre cómo una entidad debe medir las distribuciones a sus propietarios (comúnmente denominadas como dividendos). La NIC 1…
Alcance
- 3Esta Interpretación se aplicará a las siguientes categorías de distribuciones de activos no recíprocas realizadas por una entidad a sus propietarios cuando actúan como tales: (a) distribuciones de…
- 4Esta Interpretación se aplicará sólo a las distribuciones en las que todos los propietarios de la misma clase de instrumentos de patrimonio se tratan de igual manera.
- 5Esta Interpretación no será de aplicación a las distribuciones de activos distintos al efectivo que estén, en última instancia, controlados por la misma parte o partes antes y…
- 6De acuerdo con el párrafo 5, esta Interpretación no se aplicará cuando el activo distinto al efectivo esté controlado en última instancia por las mismas partes antes y…
- 7De acuerdo con el párrafo 5, esta Interpretación no será de aplicación cuando una entidad distribuya una parte de su participación en la propiedad de una subsidiaria, pero…
- 8Esta Interpretación aborda únicamente la contabilidad de la entidad que realiza una distribución de un activo distinto al efectivo. No determina la contabilidad de los accionistas que reciben…
- 83El párrafo 7 de la NIC 1 define a los propietarios como tenedores de instrumentos clasificados como patrimonio.
Problemas
Cuando reconocer un dividendo a pagar
Medición de un dividendo a pagar
- 11La entidad medirá el pasivo, por distribución de un dividendo en activos distintos al efectivo a sus propietarios, por el valor razonable de los activos a distribuir.
- 12Si la entidad permitiese a sus propietarios elegir entre recibir un activo distinto al efectivo o una alternativa en efectivo, la entidad estimará el dividendo a pagar teniendo…
- 13Al final de cada periodo sobre el que se informa, así como en la fecha de liquidación, la entidad revisará y ajustará el importe en libros del dividendo…
Contabilización de cualquier diferencia entre el importe en libros de los activos distribuidos y el importe en libros del dividendo a pagar, cuando una entidad liquide el dividendo a pagar
Presentación e información a revelar
- 15La entidad presentará la diferencia descrita en el párrafo 14 como una partida separada en el resultado del periodo.
- 16La entidad revelará la siguiente información, si procede: (a) el importe en libros del dividendo a pagar al principio y al final del periodo; y (b) el incremento…
- 17Si, después del cierre de un periodo sobre el que se informa, pero antes de que los estados financieros sean autorizados para su emisión, una entidad declarase un…
Fecha de vigencia
- 18Una entidad aplicará esta Interpretación, de forma prospectiva, en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de julio de 2009. No se permite la aplicación retroactiva.…
- 19La NIIF 10, emitida en mayo de 2011, modificó el párrafo 7. Una entidad aplicará esa modificación cuando aplique la NIIF 10.
- 20La NIIF 13, emitida en mayo de 2011, modificó el párrafo 17. Una entidad aplicará esa modificación cuando aplique la NIIF 13.
Texto tomado de Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.