CINIIF 17 · Distribuciones, a los Propietarios, de Activos Distintos al Efectivo
Párrafo 3 Alcance
Esta Interpretación se aplicará a las siguientes categorías de distribuciones de activos no recíprocas realizadas por una entidad a sus propietarios cuando actúan como tales: (a) distribuciones de activos distintos al efectivo (por ejemplo, partidas de propiedades, planta y equipo, negocios como se definen en la NIIF 3, participaciones en el patrimonio de otra entidad o grupos de activos para su disposición como se definen en la NIIF 5); y (b) distribuciones que dan a los propietarios la posibilidad de elegir entre recibir activos distintos al efectivo o una alternativa en efectivo.
Interpretación CINIIF 17, párrafo 3. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 787 del documento de origen .