CINIIF 17 · Distribuciones, a los Propietarios, de Activos Distintos al Efectivo

Párrafo 14 Contabilización de cualquier diferencia entre el importe en libros de los activos distribuidos y el importe en libros del dividendo a pagar, cuando una entidad liquide el dividendo a pagar

Cuando una entidad liquide el dividendo a pagar, reconocerá en el resultado del periodo la diferencia, si la hubiera, entre el importe en libros de los activos distribuidos y el importe en libros del dividendo a pagar.

Interpretación CINIIF 17, párrafo 14. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 788 del documento de origen .

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