NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo 46L Seguridad limitada Seguridad razonable

El profesional ejerciente obtendrá conocimiento de la materia subyacente objeto de análisis y de otras circunstancias del encargo suficientes para: (a) permitirle identificar las áreas en las que es probable que la información sobre la materia objeto de análisis contenga incorrecciones materiales; y (b) proporcionarle, en consecuencia, una base para el diseño y la aplicación de procedimientos para tratar las áreas identificadas en el apartado 45L(a) y obtener una seguridad limitada para sustentar la conclusión del profesional ejerciente. (Ref: Apartados A101–A104, A107)

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo 46L. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 42 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Seguridad limitada Seguridad razonable»

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