NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo 47R Seguridad limitada Seguridad razonable

En la obtención de conocimiento de la materia subyacente objeto de análisis y de otras circunstancias del encargo, de acuerdo con el apartado 46R, el profesional ejerciente obtendrá conocimiento del control interno sobre la preparación de la información sobre la materia objeto de análisis relevante para el encargo. Esto incluye la evaluación del diseño de los controles relevantes para el encargo y la determinación de si han sido implementados, mediante la aplicación de procedimientos además de las indagaciones ante el personal responsable de la información sobre la materia objeto de análisis. (Ref: Apartado A105) Obtención de evidencia Consideración del riesgo y respuesta a los riesgos Seguridad limitada Seguridad razonable 48L. Sobre la base de su conocimiento (véase apartado 46L), el profesional ejerciente: (Ref: Apartados A108–A112) (a) identificará las áreas en las que es probable que la información sobre la materia objeto de análisis contenga incorrecciones materiales; (b) diseñará y aplicará procedimientos para tratar las áreas identificadas en el apartado 48L(a) y obtener una seguridad limitada para sustentar la conclusión del profesional ejerciente.

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo 47R. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 42 del documento de origen .

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