NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo 55 Seguridad limitada Seguridad razonable

Si el profesional ejerciente prevé utilizar el trabajo de la función de auditoría interna, evaluará lo siguiente: (a) el grado en que el estatus de la función de auditoría interna en la organización y las políticas y procedimientos pertinentes sustentan la objetividad de los auditores internos; (b) el grado de competencia de la función de auditoría interna; (c) si la función de auditoría interna aplica un enfoque sistemático y disciplinado, así como un control de calidad; y (d) si el trabajo de la función de auditoría interna es adecuado para los fines del encargo. Manifestaciones escritas 56. El profesional ejerciente solicitará a la parte o partes apropiadas una manifestación escrita: (a) de que han proporcionado al profesional ejerciente toda la información que la parte o partes apropiadas conocen que sea relevante para el encargo. (Ref: Apartados A54–A55 y A136–A138) (b) Confirmación de la medida o evaluación de la materia subyacente objeto de análisis sobre la base de los criterios aplicables, así como que todas las cuestiones relevantes se reflejan en la información sobre la materia objeto de análisis.

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo 55. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 45 del documento de origen .

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