NIA 220 · Control de calidad de la auditoría de estados financieros
Párrafo A30 Revisión de control de calidad del encargo
Además de las auditorías de los estados financieros de entidades cotizadas, la revisión de control de calidad del encargo es aplicable a otros encargos de auditoría que cumplan los criterios establecidos por la firma de auditoría que determinen que el encargo está sujeto a una revisión de control de calidad. En algunos casos, puede ocurrir que ninguno de los encargos de auditoría de la firma reúna los criterios por los que estaría sujeto a dicha revisión. Consideraciones específicas para entidades del sector público (Ref.: Apartados 20-21)
Norma Internacional de Auditoría 220, párrafo A30. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 44 del documento de origen .