NIA 220 · Control de calidad de la auditoría de estados financieros

Párrafo A28 Revisión de control de calidad del encargo

Cuando es aplicable la NIA 701,70 las conclusiones alcanzadas por el equipo del encargo a efectos de la formulación del informe de auditoría incluyen determinar: • las cuestiones clave de la auditoría que se deben incluir en el informe de auditoría; • las cuestiones clave de la auditoría que, en su caso, no se comunicarán en el informe de auditoría de conformidad con el apartado 14 de la NIA 701; y • en su caso, en función de los hechos y circunstancias de la entidad y de la auditoría, el hecho que no hay cuestiones clave de la auditoría que se deban comunicar en el informe de auditoría. Además, la revisión del informe de auditoría propuesto de conformidad con el apartado 20(b) incluye la consideración de la redacción propuesta que se va a incluir en la sección Cuestiones clave de la auditoría. Revisión de control de calidad del encargo de una entidad cotizada (Ref.: Apartado 21)

Norma Internacional de Auditoría 220, párrafo A28. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 43 del documento de origen .

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