CINIIF 22
Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones Anticipadas
Interpretación CINIIF 22
Referencias
• El Marco Conceptual para la Información Financiera86 • NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores • NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Antecedentes
- 1El párrafo 21 de la NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera requiere que una entidad registre una transacción en…
- 2Cuando una entidad paga o recibe una contraprestación anticipada en moneda extranjera, generalmente reconoce un activo no monetario o un pasivo no monetario87 antes del reconocimiento del activo,…
- 3El Comité de Interpretaciones de las NIIF (el Comité de Interpretaciones) recibió inicialmente una consulta preguntando sobre la forma de determinar “la fecha de la transacción” aplicando los…
Alcance
- 4Esta Interpretación se aplica a una transacción en moneda extranjera (o parte de ella) cuando una entidad reconoce un activo no financiero o pasivo no financiero que surge…
- 5Esta interpretación no se aplica cuando una entidad mide el activo, gasto o ingreso relacionado, en el momento del reconocimiento inicial: (a) al valor razonable; o (b) al…
- 6No se requiere que una entidad aplique esta Interpretación a: (a) los impuestos a las ganancias; o (b) los contratos de seguro (incluyendo también los contratos de reaseguro)…
- 86La referencia es al Marco Conceptual para la Información Financiera emitido en 2010 y en vigor cuando se desarrolló la Interpretación 87 Por ejemplo, el párrafo 106 de…
Problema
Acuerdo
Apéndice A Fecha de vigencia y transición
Este Apéndice forma parte integrante de la CINIIF 22 y tiene el mismo carácter normativo que las otras partes de la CINIIF 22.
Fecha de vigencia
Transición
- A2En el momento de la aplicación inicial, una entidad aplicará esta Interpretación: (a) de forma retroactiva aplicando la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y…
- A3Una entidad que use el párrafo A2(b) aplicará la Interpretación, en el momento de la utilización inicial, a los activos, gastos e ingresos inicialmente reconocidos a partir del…
Texto tomado de Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.