CINIIF 22 · Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones Anticipadas
Párrafo 8 Acuerdo
Al aplicar los párrafos 21 y 22 de la NIC 21, la fecha de la transacción a efectos de determinar la tasa de cambio a usar en el reconocimiento inicial del activo, gasto o ingreso relacionado (o la parte de estos que corresponda), es la fecha en que una entidad reconoce inicialmente el activo no monetario o pasivo no monetario que surge del pago o cobro de la contraprestación anticipada.
Interpretación CINIIF 22, párrafo 8. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 798 del documento de origen .