CINIIF 22 · Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones Anticipadas
Párrafo 6 Alcance
No se requiere que una entidad aplique esta Interpretación a: (a) los impuestos a las ganancias; o (b) los contratos de seguro (incluyendo también los contratos de reaseguro) que emita o a los contratos de reaseguro de los que sea tenedora.
Interpretación CINIIF 22, párrafo 6. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 797 del documento de origen .