CINIIF 22 · Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones Anticipadas
Párrafo 86 Alcance
La referencia es al Marco Conceptual para la Información Financiera emitido en 2010 y en vigor cuando se desarrolló la Interpretación 87 Por ejemplo, el párrafo 106 de la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes requiere que, si un cliente paga una contraprestación o una entidad tiene un derecho incondicional a recibir un importe como contraprestación (es decir, una cuenta por cobrar) antes de que la entidad transfiera un bien o servicio al cliente, la entidad presentará el contrato como un pasivo del contrato cuando el pago se realice o sea exigible (lo que ocurra primero).
Interpretación CINIIF 22, párrafo 86. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 797 del documento de origen .