Artículo 457-1 del Estatuto Tributario — BASE GRAVABLE EN LA VENTA DE VEHíCULOS USADOS
En el caso de la venta de vehículos usados adquiridos de propietarios para quienes los mismos constituían activos fijos, la base gravable estará conformada por la diferencia entre el valor total de la operación, determinado de acuerdo con lo previsto en el artículo 447 de este es...