NICC 1

Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados

Norma Internacional de Control de Calidad 1

Norma internacional de control de calidad 1: control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados

(En vigor a partir del 15 de diciembre de 2009)+ La Norma Internacional de Control de Calidad (NICC) 1, Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría Introducción Alcance de esta NICC 1. Esta Norma Internacional de Control de Calidad (NICC) trata de las responsabilidades que tiene la firma de auditoría en relación con su sistema de control de calidad de las auditorías y revisiones de estados financieros, así como de otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados. Esta NICC debe interpretarse conjuntamente con los requerimientos de ética aplicables.

Aplicabilidad de esta NICC

Fecha de entrada en vigor

Objetivo

Definiciones

Aplicación y cumplimiento de los requerimientos aplicables

Elementos de un sistema de control de calidad

Responsabilidades de liderazgo en la calidad de la firma de auditoría

Requerimientos de ética aplicables

Independencia

Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos

Recursos humanos

Asignación de equipos de los encargos

Realización de los encargos

Consultas

Revisión de control de calidad de los encargos

Criterios para la selección de revisores de control de calidad de los encargos

Documentación de la revisión de control de calidad del encargo

Diferencias de opinión

Finalización de la compilación del archivo final del encargo

Confidencialidad, custodia, integridad, accesibilidad y recuperación de la documentación de los encargos

Conservación de la documentación del encargo

Seguimiento de las políticas y los procedimientos de control de calidad de la firma de auditoría

Evaluación, comunicación y corrección de las deficiencias identificadas

Quejas y denuncias

Documentación del sistema de control de calidad

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión (Ref: Apartado 14)

Elementos de un sistema de control de calidad (Ref: Apartado 17)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Fomento de una cultura interna orientada a la calidad (Ref: Apartado 18)

Asignación de la responsabilidad relativa al funcionamiento del sistema de control de calidad de la firma de auditoría (Ref: Apartado 19)

Cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables (Ref: Apartado 20)

Definición de “Firma de auditoría”, “Red” y “Firma de la red” (Ref: Apartados 20–2

Confirmaciones escritas (Ref: Apartado 24)

Amenaza de familiaridad (Ref: Apartado 25)

Consideraciones específicas para organizaciones de auditoría del sector público

Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos Competencia, capacidad y recursos (Ref: Apartado 26(a))

Integridad del cliente (Ref: Apartado 26(c))

Continuidad de la relación con el cliente (Ref: Apartado 27(a))

Renuncia (Ref: Apartado 28)

Consideraciones específicas para organizaciones de auditoría del sector público (Ref: Apartado 26-28)

Recursos Humanos (Ref: Apartado 29)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Socios de los encargos (Ref: Apartado 30)

Equipo del encargo (Ref: Apartado 31)

Consistencia de la calidad en la realización de los encargos (Ref: Apartado 32(a))

Supervisión (Ref: Apartado 32(b))

Revisión (Ref: Apartado 32(c))

Consultas (Ref: Apartado 34)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Criterios para una revisión de control de calidad del encargo (Ref: Apartado 35(b))

Naturaleza, momento de realización y extensión de la revisión de control de calidad del encargo. (Ref: Apartados 36-37)

Revisión de control de calidad de un encargo de una entidad cotizada (Ref: Apartado 38)

Consideraciones específicas para entidades de auditoría del sector público

Especialización técnica, experiencia y autoridad suficientes y adecuadas (Ref: Apartado 39(a))

Consultas al revisor de control de calidad del encargo (Ref: Apartado 39(b))

Objetividad del revisor de control de calidad del encargo (Ref: Apartado 40

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Consideraciones específicas para las entidades de auditoría del sector público

Diferencias de opinión (Ref: Apartado 43)

Finalización de la compilación del archivo final del encargo (Ref: Apartado 45)

Confidencialidad, custodia, integridad, accesibilidad y recuperación de la documentación de los encargos (Ref: Apartado 46)

Conservación de la documentación del encargo (Ref: Apartado 47)

Propiedad de la documentación de los encargos

Seguimiento de las políticas y procedimientos de control de calidad de la firma de auditoría (Ref: Apartado 48)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Comunicación de las deficiencias (Ref: Apartado 50)

Fuentes de las quejas y denuncias (Ref: Apartado 55)

Políticas y procedimientos de investigación (Ref: Apartado 56)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Documentación del sistema de control de calidad (Ref: Apartado 57)

Consideraciones específicas para firmas de auditoría de pequeña dimensión

Texto tomado de Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.

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