NICC 1 · Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados

Párrafo 28 Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos

La firma de auditoría establecerá políticas y procedimientos, relativos a la decisión de continuar con un encargo y a la relación con el cliente, que cubran las situaciones en las que la firma de auditoría obtenga información que, de haber estado disponible con anterioridad, la hubiesen llevado a rechazar dicho encargo. Dichas políticas y procedimientos incluirán la consideración de: (a) las responsabilidades profesionales y legales que son aplicables en las circunstancias, incluido si existe un requerimiento de que la firma de auditoría informe a la persona o personas que realizaron el nombramiento o, en algunos casos, a las autoridades reguladoras; y (b) la posibilidad de renunciar al encargo o bien al encargo y a la relación con el cliente. (Ref: Apartados A22– A23)

Norma Internacional de Control de Calidad 1, párrafo 28. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 46 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos»

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