NICC 1 · Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados

Párrafo 27 Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos

Dichas políticas y procedimientos requerirán: (a) Que la firma de auditoría obtenga la información que considere necesaria en las circunstancias, antes de aceptar un encargo de un nuevo cliente, para decidir si debe continuar un encargo existente, y cuando esté considerando la aceptación de un nuevo encargo de un cliente existente. (Ref: Apartados A21, A23) (b) Que, si se identifica un posible conflicto de intereses para la aceptación de un encargo de un cliente nuevo o existente, la firma de auditoría determine si es adecuado aceptar el encargo. (c) Que, si se han identificado cuestiones problemáticas y la firma de auditoría decide aceptar o continuar la relación con el cliente o un encargo específico, la firma de auditoría documente el modo en que fueron resueltas dichas cuestiones.

Norma Internacional de Control de Calidad 1, párrafo 27. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 46 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos»

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