Ética, sección 310 · Conflictos de intereses
Párrafo 310.4 Conflictos de intereses
Cuando se enfrente a un conflicto de intereses, se recomienda al profesional de la contabilidad en la empresa que solicite orientaciones de la entidad para la que trabaja o de otros, como, por ejemplo, un organismo profesional, un asesor jurídico u otro profesional de la contabilidad. Al realizar revelaciones o al compartir información dentro de la entidad para la que trabaja y al solicitar orientaciones de terceros, el profesional de la contabilidad permanecerá atento al principio fundamental de confidencialidad.
Código de Ética, sección 310, párrafo 310.4. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 69 del documento de origen .