Ética, sección 310 · Conflictos de intereses

Párrafo 310.1 Conflictos de intereses

Puede ocurrir que el profesional de la contabilidad en la empresa se enfrente a un conflicto de intereses al realizar una actividad profesional. Un conflicto de intereses origina una amenaza en relación con la objetividad y puede originar amenazas en relación con los demás principios fundamentales. Dichas amenazas se pueden originar cuando: • El profesional de la contabilidad realiza una actividad profesional relacionada con una determinada cuestión para dos o más partes cuyos intereses con respecto a dicha cuestión están en conflicto; o • los intereses del profesional de la contabilidad con respecto a una determinada cuestión y los de la parte para la que realiza una actividad profesional relacionada con dicha cuestión están en conflicto La parte puede incluir la entidad para la que trabaja, un proveedor, un cliente, un prestamista, un accionista u otro. El profesional de la contabilidad no permitirá que un conflicto de intereses comprometa su juicio profesional o empresarial.

Código de Ética, sección 310, párrafo 310.1. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 68 del documento de origen .

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