NISR 4410 · (Revisada):
Párrafo A29 Aceptación y continuidad del encargo
Para determinar la utilización prevista de la información financiera, el profesional ejerciente también debe tener conocimiento de factores tales como el objetivo concreto de la dirección o, en su caso, de los responsables del gobierno de la entidad, que se pretende alcanzar al encargar el encargo de compilación y el de la parte contratante en caso de ser distinta. Por ejemplo, una entidad que concede subvenciones puede requerir a la entidad que le proporcione información compilada por un profesional ejerciente con el fin de obtener información sobre determinados aspectos de las operaciones o actividades de la entidad, preparada de una forma determinada, para sustentar la concesión de una subvención o la prórroga de una subvención existente. Identificación del marco de información financiera aplicable (Ref.: Apartados 17(a), 24(b))
Norma Internacional de Servicios Relacionados 4410, párrafo A29. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 18 del documento de origen .