NIIF 8 · Segmentos de Operación
Párrafo 17 Umbrales cuantitativos
Si la dirección juzgase que un segmento de operación identificado como un segmento sobre el que debió informarse en el período inmediatamente anterior continúa siendo significativo, la información sobre ese segmento seguirá revelándose por separado en el período actual, aunque no cumpla los criterios para informar sobre el mismo que se definen en el párrafo 13.
Norma Internacional de Información Financiera 8, párrafo 17. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 494 del documento de origen .