NIIF 8 · Segmentos de Operación
Párrafo 14 Umbrales cuantitativos
Una entidad podrá combinar la información sobre segmentos de operación que no alcancen los umbrales cuantitativos, con la referida a otros segmentos de operación que tampoco lo hagan, para formar un segmento sobre el que deba informarse, sólo si unos y otros segmentos de operación tienen características económicas similares y comparten la mayoría de los criterios de agregación enumerados en el párrafo 12.
Norma Internacional de Información Financiera 8, párrafo 14. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 494 del documento de origen .