NIIF 16 · Arrendamientos
Párrafo 65 Clasificación de los arrendamientos (B53 a B58)
Los ejemplos e indicadores contenidos en los párrafos 63 y 64 no son siempre concluyentes. Si resulta claro, por otras características, que el arrendamiento no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente, se clasificará como operativo. Por ejemplo, este podría ser el caso en el que se transfiera la propiedad del activo subyacente, al término del arrendamiento, por un pago variable que sea igual a su valor razonable en ese momento, o si existen pagos por arrendamiento variables, como consecuencia de los cuales el arrendador no transfiere sustancialmente todos esos riesgos y ventajas.
Norma Internacional de Información Financiera 16, párrafo 65. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 734 del documento de origen .