NIA 550

Partes vinculadas

Norma Internacional de Auditoría 550

Norma internacional de auditoría 550: partes vinculadas

(Aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009)* La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 550, Partes vinculadas, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría. * Se han incorporado modificaciones a esta NIA por razones de concordancia como resultado de la NIA 610 (Revisada), Utilización del trabajo de los auditores internos, aplicables a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos finalizados a partir del 15 de diciembre de 2013. Las modificaciones se identificaron en las páginas 948 a 955 del Manual 2012.

Alcance de esta NIA

Naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas

Responsabilidades del auditor

Fecha de entrada en vigor

Objetivos

Definiciones

Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas

Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas

Respuestas a los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas

Identificación de partes vinculadas o de transacciones significativas con partes vinculadas no identificadas o no reveladas previamente

Transacciones significativas identificadas realizadas con partes vinculadas y ajenas al curso normal de los negocios

Afirmación de que las transacciones con partes vinculadas se han efectuado en condiciones equivalentes a las que prevalecen en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua

Evaluación de la contabilización y revelación de las relaciones y transacciones identificadas con partes vinculadas

Manifestaciones escritas

Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad

Documentación

Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas

Riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas (Ref.: Apartado 11) Consideraciones específicas para entidades del sector público A8. Las responsabilidades del auditor del sector público relativas a las relaciones y transacciones con partes vinculadas pueden verse afectadas por el mandato de auditoría o por obligaciones de las entidades del sector público derivadas de las disposiciones legales o reglamentarias u otras disposiciones. Por consiguiente, las responsabilidades del auditor del sector público pueden no limitarse a dar respuesta a los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas, sino que también pueden abarcar la responsabilidad más amplia de responder a los riesgos de incumplimiento de lo establecido por las disposiciones legales y reglamentarias y por otras disposiciones que regulen los organismos del sector público y que impongan requerimientos específicos relativos a la realización de negocios con partes vinculadas. Además, es posible que el auditor del sector público deba tener en cuenta requerimientos de información financiera específicos de dicho sector en lo referente a las relaciones y transacciones con partes vinculadas, que difieran de los del sector privado. 390 NIA 210, Acuerdo de los términos del encargo de auditoría, apartado 6(a). 391 NIA 700 (Revisada), apartado A17. 392 La NIA 315, (Revisada) apartados A34-A35, proporciona orientaciones sobre la naturaleza de una entidad con cometido especial. Conocimiento de las relaciones y transacciones de la entidad con partes vinculadas Discusión entre los miembros del equipo del encargo (Ref.: Apartado 12)

Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas

Factores de riesgo de fraude asociados a una parte vinculada con influencia dominante (Ref.: Apartado 19)

Respuestas a los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con

partes vinculadas (Ref.: Apartado 20)

Identificación de partes vinculadas o de transacciones significativas con partes vinculadas no identificadas o no reveladas previamente

Comunicación al equipo del encargo de la información sobre las nuevas partes vinculadas identificadas (Ref.: Apartado 22(a))

Procedimientos sustantivos relativos a las nuevas partes vinculadas o nuevas transacciones significativas con partes vinculadas identificadas (Ref.: Apartado 22(c))

Omisión intencionada de información por parte de la dirección (Ref.: Apartado 22(e))

Transacciones significativas identificadas realizadas con partes vinculadas y ajenas al curso normal de los negocios

Evaluación del fundamento empresarial de las transacciones significativas con partes vinculadas (Ref.: Apartado 23)

Afirmación de que las transacciones con partes vinculadas se han realizado en condiciones equivalentes a aquellas que prevalecen en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua (Ref.: Apartado 24)

Consideraciones sobre la importancia relativa en la evaluación de incorrecciones (Ref.: Apartado 25)

Evaluación de la revelación de información sobre partes vinculadas (Ref.: Apartado 25(a))

Manifestaciones escritas (Ref.: Apartado 26)

Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad (Ref.: Apartado 27)

Texto tomado de Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.

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