Artículo 528 del Estatuto Tributario
La no expresion de la fecha hace presumir el plazo vencido
Libro Cuarto — Impuesto de timbre nacional Título III — Causación del impuesto de timbre para algunas actuaciones
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional, en que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto y las correspondientes sanciones.
Fuente original compilada: L. 02/76 Art. 17.
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional, en que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto y las correspondientes sanciones.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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