Sección 29 · Impuesto a las Ganancias

Párrafo 29.12 Bases fiscales y diferencias temporarias

Las diferencias temporarias son las que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal. En los estados financieros consolidados, las diferencias temporarias se determinarán comparando el importe en libros de los activos y pasivos incluidos en ellos con la base fiscal que resulte apropiada. La base fiscal se calculará tomando como referencia la declaración fiscal consolidada en aquellas jurisdicciones en las que esta declaración se presenta. En otras jurisdicciones, la base fiscal se determinará tomando como referencia las declaraciones fiscales de cada entidad del grupo en particular.

NIIF para las Pymes, sección 29, párrafo 29.12. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 113 del documento de origen .

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