NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo A42 Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de revisión (Ref: Apartado 29)
El profesional ejerciente determina la aceptabilidad del marco de información financiera aplicado en los estados financieros teniendo en cuenta quiénes son los usuarios a quienes se destinan los estados financieros. Los usuarios a quienes se destinan son las personas o el grupo de personas para los que el profesional ejerciente prepara el informe. Puede ocurrir que el profesional ejerciente no pueda identificar a todos aquellos que vayan a leer el informe de aseguramiento, en especial cuando existe un gran número de personas que tiene acceso a él.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A42. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 33 del documento de origen .