NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS

Párrafo A123 Informe del profesional ejerciente (Ref: Apartados 86-92)

No es necesario que el informe del profesional ejerciente se refiera específicamente a “la dirección”, sino que puede utilizar el término adecuado según el marco legal de la jurisdicción de que se trate. En algunas jurisdicciones, la referencia adecuada es a los responsables del gobierno de la entidad.

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A123. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 53 del documento de origen .

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