NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS

Párrafo A122 Informe del profesional ejerciente (Ref: Apartados 86-92)

El requerimiento de esta NIER de que el profesional ejerciente deba obtener la aceptación de la dirección de que reconoce y comprende sus responsabilidades, tanto en relación con la preparación de los estados financieros como en relación con el encargo de revisión, es fundamental para la realización del encargo y para informar sobre este. La descripción de las responsabilidades de la dirección en el informe del profesional ejerciente proporciona el contexto para los lectores del informe con respecto a las responsabilidades de la dirección, en relación con el encargo de revisión que se ha realizado.

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A122. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 53 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Informe del profesional ejerciente (Ref: Apartados 86-92)»

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