NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo 73 Formación de la conclusión del profesional ejerciente sobre los estados financieros
El profesional ejerciente expresará en su informe una conclusión no modificada (favorable) sobre los estados financieros en su conjunto cuando haya obtenido una seguridad limitada que le permita concluir que no ha llegado a su conocimiento ninguna cuestión que le lleve a pensar que los estados financieros no están preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo 73. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 17 del documento de origen .