NIC 41 · Agricultura
Párrafo 22 Reconocimiento y medición
La entidad no incluirá flujos de efectivo destinados a la financiación de los activos, ni flujos por impuestos o para restablecer los activos biológicos tras la cosecha o recolección (por ejemplo, los costos de replantar los árboles, en una plantación forestal, después de la tala de los mismos).
Norma Internacional de Contabilidad 41, párrafo 22. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 344 del documento de origen .