NIC 39 · Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición
Párrafo 90 Coberturas del valor razonable
Si solo se cubren riesgos particulares atribuibles a una partida cubierta, los cambios reconocidos en el valor razonable de la partida cubierta, que no se relacionen con el riesgo cubierto, se reconocerán de acuerdo con lo establecido en el párrafo 5.7.1 de la NIIF 9.
Norma Internacional de Contabilidad 39, párrafo 90. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 316 del documento de origen .