NIC 38 · Activos intangibles

Párrafo 115 Retiros y disposiciones de activos intangibles

Si, de acuerdo con el criterio de reconocimiento del párrafo 21, la entidad reconociera dentro del importe en libros de un activo el costo de derivado de la sustitución de parte del activo intangible, dará de baja el importe en libros de la parte sustituida. Si no fuera practicable para la entidad la determinación del importe en libros de la parte sustituida, podrá utilizar el costo de la sustitución como indicativo de cuál podría ser el costo de la parte sustituida, en la fecha en la que fue adquirido o generado internamente.

Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 115. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 307 del documento de origen .

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