NIC 38 · Activos intangibles
Párrafo 114 Retiros y disposiciones de activos intangibles
La disposición de un activo intangible puede llevarse a cabo de diversas maneras (por ejemplo, mediante la venta, realizando sobre la misma un contrato de arrendamiento financiero o por donación). La fecha de disposición de un activo intangibles es la fecha en que el receptor obtiene el control de ese activo de acuerdo con los requerimientos para determinar cuándo se satisface una obligación de desempeño de la NIIF 15. La NIIF 16 se aplicará a las disposiciones por una venta con arrendamiento posterior.
Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 114. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 307 del documento de origen .