NIA 240 · Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude
Párrafo 42 Comunicaciones a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad
El auditor se comunicará con los responsables del gobierno de la entidad, salvo que lo prohíba una disposición legal o reglamentaria, acerca de cualquier otra cuestión relativa a fraude que, a su juicio, sea relevante para su responsabilidad. (Ref.: Apartados A59a, A64)
Norma Internacional de Auditoría 240, párrafo 42. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 60 del documento de origen .