Artículo 458 del Estatuto Tributario
Base gravable en los retiros de bienes
Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas Título IV — La base gravable
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 2010 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:
En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
Notas de vigencia
Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 2010 de 2019, 'por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 51.179 de 27 de diciembre 2019.
Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 1943 de 2018, 'por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 50.820 de 28 de diciembre de 2018.
Jurisprudencia
Corte Constitucional
- Ley 1943 de 2018 declarada INEXEQUIBLE -por forma- por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-481-19 de 3 de octubre de 2019, Magistrado Ponente Dr. Alejandro Linares Cantillo.
Dispone el Fallo:
'(i) la declaratoria de inexequibilidad prevista en el resolutivo segundo surtirá efectos a partir del primero (1o.) de enero de dos mil veinte (2020), a fin de que el Congreso, dentro de la potestad de configuración que le es propia, expida el régimen que ratifique, derogue, modifique o subrogue los contenidos de la Ley 1943 de 2018; (ii) los efectos del presente fallo sólo se producirán hacia el futuro y, en consecuencia, en ningún caso afectarán las situaciones jurídicas consolidadas de forma anterior a su notificación.'
Legislación anterior
Ojo: lo que sigue es texto derogado o sustituido. Se conserva porque sirve para leer una declaración de un año anterior o para seguir la discusión de un proceso, no para liquidar con él.
Texto modificado por la Ley 1943 de 2018:
ARTÍCULO 458. <Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 1943 de 2018. El nuevo texto es el siguiente:> En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
Texto original del Estatuto Tributario:
ARTICULO 458. BASE GRAVABLE EN LOS RETIROS DE BIENES CORPORALES MUEBLES. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.