Artículo 458 del Estatuto Tributario — Base gravable en los retiros de bienes
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Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título IV — La base gravable · Decreto 624 de 1989
Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 2010 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:
En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, la base gravable será el valor comercial de los bienes.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 458 del Estatuto Tributario
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