NIIF 9 · Instrumentos Financieros
Párrafo B6.6.1 Elegibilidad para la contabilidad de coberturas y designación de una posición neta
Una posición neta es elegible para la contabilidad de coberturas solo si una entidad se cubre en términos netos a efectos de la gestión de riesgos. Si una entidad se cubre de esta forma es una cuestión de hechos (no meramente de afirmación o documentación). Por ello, una entidad no puede aplicar la contabilidad de coberturas en términos netos solo para lograr un resultado de contabilización concreto si eso no reflejara su enfoque de gestión de riesgos. La posición neta de cobertura debe formar parte de una estrategia establecida de gestión de riesgos. Normalmente, esto se aprobaría por el personal clave de la gerencia, como se define en la NIC 24.
Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B6.6.1. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 591 del documento de origen .