NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo B5.7.1 Ganancias y pérdidas (Sección 5.7)

El párrafo 5.7.5 permite a una entidad realizar una elección irrevocable de presentar en otro resultado integral los cambios en el valor razonable de una inversión en un instrumento de patrimonio que no se mantiene para negociar. Esta elección se realizará instrumento por instrumento (es decir acción por acción). Los importes presentados en otro resultado integral no serán transferidos posteriormente al resultado del periodo. Sin embargo, la entidad puede hacer transferencias de las ganancias o pérdidas acumuladas dentro del patrimonio. Los dividendos de estas inversiones se reconocerán en el resultado del periodo de acuerdo con el párrafo 5.7.6, a menos que el dividendo represente claramente una recuperación de parte del costo de la inversión.

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B5.7.1. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 572 del documento de origen .

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