NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo B5.5.15 Determinación de si el riesgo crediticio se ha incrementado significativamente desde el reconocimiento inicial

Para determinar si se requiere el reconocimiento de las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo, una entidad considerará la información razonable y sustentable que esté disponible sin esfuerzo o costo desproporcionado y que pueda afectar al riesgo crediticio de un instrumento financiero de acuerdo con el párrafo 5.5.17(c). Una entidad no necesita llevar a cabo una búsqueda exhaustiva de información para determinar si el riesgo crediticio se ha incrementado significativamente desde el reconocimiento inicial.

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B5.5.15. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 565 del documento de origen .

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