NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo B5.5.12 Calendario de reconocimiento de las pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida del activo

Una entidad puede aplicar varios enfoques para evaluar si el riesgo crediticio en un instrumento financiero ha disminuido significativamente desde el reconocimiento inicial o para medir las pérdidas crediticias esperadas. Una entidad puede aplicar enfoques diferentes para instrumentos financieros distintos. Un enfoque que no incluye una probabilidad explícita de incumplimiento como un dato de entrada per se, tal como un enfoque de tasa de pérdida crediticia, puede ser congruente con los requerimientos de esta Norma, siempre y cuando una entidad pueda separar los cambios en el riesgo de que ocurra un incumplimiento de los cambios en otros inductores de pérdidas crediticias esperadas, tales como garantías colaterales, y considera lo siguiente al llevar a cabo la evaluación: (a) el cambio en el riesgo de que ocurra un incumplimiento desde el reconocimiento inicial; (b) la vida esperada del instrumento financiero; y (c) la información razonable y sustentable que está disponible sin esfuerzo o costo desproporcionado que puede afectar al riesgo crediticio.

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B5.5.12. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 565 del documento de origen .

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