NIIF 9 · Instrumentos Financieros
Párrafo B4.1.16 Términos contractuales que cambian el calendario o importe de los flujos de efectivo contractuales
Este puede ser el caso si el activo financiero representa una inversión en activos o flujos de efectivo de carácter particular, y por ese motivo los flujos de efectivo contractuales no constituyen únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente. Por ejemplo, si los términos contractuales estipulan que los flujos de efectivo del activo financiero se incrementan cuantos más automóviles utilizan un peaje concreto, los flujos de efectivo contractuales son incongruentes con un acuerdo básico de préstamo. Como resultado, el instrumento no cumpliría la condición de los párrafos 4.1.2(b) y 4.1.2A(b). Esto podría ser el caso cuando los derechos del acreedor se limitan a activos específicos del deudor o a los flujos de efectivo procedentes de dichos activos específicos (por ejemplo un activo financiero “sin recurso”, que no está garantizado por ningún activo concreto).
Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B4.1.16. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 553 del documento de origen .