NIIF 9 · Instrumentos Financieros
Párrafo 4.1.1 4.1 Clasificación de activos financieros
A menos que aplique el párrafo 4.1.5, una entidad clasificará los activos financieros según se midan posteriormente a costo amortizado, a valor razonable con cambios en otro resultado integral o a valor razonable con cambios en resultados sobre la base de los dos siguientes: (a) modelo de negocio de la entidad para gestionar los activos financieros y (b) de las características de los flujos de efectivo contractuales del activo financiero.
Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo 4.1.1. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 505 del documento de origen .