NIIF 7 · Instrumentos Financieros: Información a Revelar
Párrafo 25 Valor razonable
Salvo por lo establecido en el párrafo 29, una entidad revelará el valor razonable correspondiente a cada clase de activos financieros y de pasivos financieros (véase el párrafo 6), de una forma que permita la realización de comparaciones con los correspondientes importes en libros.
Norma Internacional de Información Financiera 7, párrafo 25. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 468 del documento de origen .