NIIF 7 · Instrumentos Financieros: Información a Revelar
Párrafo 21A Contabilidad de coberturas
Una entidad aplicará los requerimientos de información a revelar de los párrafos 21B a 24F a las exposiciones de riesgo que una entidad cubra y para las cuales opte por aplicar la contabilidad de coberturas. La información a revelar de la contabilidad de coberturas proporcionará información sobre: (a) la estrategia de gestión del riesgo de una entidad y la forma en que se aplica para gestionar el riesgo; (b) la forma en que las actividades de cobertura de la entidad pueden afectar al importe, calendario e incertidumbre de sus flujos de efectivo futuros; y (c) el efecto que la contabilidad de coberturas ha tenido sobre el estado de situación financiera de la entidad, estado del resultado integral y estado de cambios en el patrimonio.
Norma Internacional de Información Financiera 7, párrafo 21A. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 465 del documento de origen .